Para ser Consejero de la Judicatura Estatal, se requiere:

Ser Ciudadano Mexicano por nacimiento en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.

Tener cuando menos treinta y cinco años cumplidos el día de la designación.

Poseer el día de la designación con antigüedad mínima de diez años, Título y Cédula Profesional de Licenciado en Derecho, expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito que amerite pena corporal de más de un año de prisión; pero si se trata de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que lastime seriamente la fama en el concepto público lo inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena y

Haber residido en el Estado de Guerrero durante los dos años anteriores al día de su nombramiento (Art. 77 de la Ley Orgánica del TSJ)