En cada Cabecera Municipal existe cuando menos un Juzgado de Paz de jurisdicción mixta; excepto en aquellos en que la demanda del servicio exija el establecimiento de juzgados por materia, que podrán ser: Civil, Familiar o Penal.
Los Juzgados de Paz se integran con un Juez, los Secretarios y demás personal que determine el Pleno del Tribunal, de conformidad con el presupuesto.